Importación porcina

Piel porcina desde España: el ICA propone nuevas condiciones de importación

La propuesta plantea un certificado sanitario con 14 condiciones de origen, procesamiento y transporte. Comentarios hasta el 9 de octubre.

5 de octubre de 20265 min de lecturaFuentes oficiales
Piel porcina española: el ICA consulta nuevos requisitos
Imagen ilustrativa · Banco IAlimentaria

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) publicó el 24 de septiembre de 2026 un proyecto para actualizar los requisitos sanitarios de importación de piel deshidratada de cerdo procedente de España para consumo humano. La propuesta está en consulta pública hasta el 9 de octubre de 2026 y plantea un Certificado Zoosanitario que acreditaría condiciones de origen, procesamiento y transporte. Para importadores y responsables de calidad, es una oportunidad de revisar con sus proveedores cómo respaldar esas condiciones y presentar observaciones técnicas.

Una actualización sanitaria abierta a comentarios

El proyecto PN-2026-33400 abarcaría a todas las personas naturales y jurídicas que importen ese producto. La consulta oficial en SUCOP, plataforma del Departamento Nacional de Planeación, lo identifica como proyecto de resolución y señala que no está clasificado como reglamento técnico. Para comentar se requiere iniciar sesión.

Propone acreditar origen y sanidad de los porcinos. La autoridad oficial de origen avalaría zonas libres de enfermedades de declaración obligatoria.
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Según la justificación del ICA, la actualización responde a una evaluación de riesgo y al cambio del estatus sanitario de España por la presencia de peste porcina africana. La entidad sostiene que los requisitos anteriores no garantizan la protección sanitaria necesaria para prevenir la entrada, establecimiento y dispersión de enfermedades. El Comité de Importaciones definió los nuevos requisitos el 1 de julio de 2026.

El certificado correspondería a la autoridad del país de origen

El texto propuesto exigiría que el envío estuviera acompañado de un Certificado Zoosanitario expedido por la Autoridad Oficial de Sanidad Animal del país de origen. En él constaría el cumplimiento de los 14 requisitos del artículo 3. Su propósito sería respaldar las condiciones sanitarias del envío y facilitar el comercio internacional.

Página 1 del documento oficial publicado por ICA
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El ICA aparece como entidad responsable; la dependencia técnica indicada es la Dirección Técnica de Asuntos Nacionales. La expedición de la resolución correspondería a la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria, por delegación de 2023, y el ICA asumiría el control oficial. El proyecto no precisa el organismo español emisor ni el formato, trámite, plazo o costo del certificado, tampoco desarrolla el conjunto de documentos necesarios para completar una importación.

Origen animal e inspecciones: qué se certificaría

El certificado acreditaría precauciones para evitar contacto con fuentes de virus de fiebre aftosa, peste bovina, enfermedad vesicular porcina, encefalomielitis por enterovirus, peste porcina africana y peste porcina clásica.

Página 4 del documento oficial publicado por ICA
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Las pieles procederían de animales nacidos, criados y sacrificados en el país exportador, o importados conforme a los requisitos zoosanitarios europeos. También se certificarían inspecciones oficiales antes y después del sacrificio, sin signos ni lesiones compatibles con enfermedades transmisibles porcinas.

Durante los 90 días previos al sacrificio, los animales deberían permanecer en explotaciones ubicadas en países o zonas libres de enfermedades infectocontagiosas de declaración obligatoria para porcinos, comprendiendo un radio mínimo de 10 kilómetros alrededor de la explotación de origen. Estas explotaciones no podrían estar bajo cuarentena ni restricciones sanitarias de movilización. Se excluirían animales sacrificados por programas de erradicación o descartados por razones sanitarias.

Tratamiento térmico y plantas habilitadas

La propuesta exigiría certificar un tratamiento térmico con valor F0 de 3 o superior, orientado a inactivar agentes patógenos de importancia para la sanidad animal. F0 es una medida de la intensidad acumulada de un tratamiento térmico; para la empresa, conviene revisar los registros y el soporte técnico del proceso con el proveedor.

Captura de la página oficial de ICA sobre este tema
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El matadero y la planta procesadora deberían estar autorizados por la Unión Europea y habilitados por la autoridad competente para exportar a Colombia, bajo supervisión oficial permanente. Una habilitación sanitaria supone el reconocimiento de un establecimiento para una actividad y un destino determinados.

El procesamiento aplicaría Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control —APPCC o HACCP—, o un sistema equivalente oficialmente reconocido. Este enfoque identifica peligros y controla etapas decisivas para la inocuidad. También se certificaría cumplimiento de límites europeos de residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y contaminantes químicos, comercialización sin restricciones sanitarias en la Unión Europea y aptitud para el uso previsto.

Conservación y precintos durante el transporte

La manipulación, almacenamiento y embalaje deberían evitar contaminación. La conservación correspondería al producto: refrigeración, congelación o temperatura ambiente controlada. Los empaques cumplirían las normas europeas o colombianas sobre materiales en contacto con alimentos.

Los vehículos o contenedores preservarían las condiciones sanitarias y la temperatura cuando aplique. Se certificarían limpieza y desinfección previas con productos autorizados en origen, además de precintos oficiales que únicamente podría retirar la autoridad competente en Colombia.

Cómo preparar compras y calidad durante la consulta

Conviene contrastar cada condición propuesta con la documentación del proveedor: trazabilidad animal, establecimientos, tratamiento térmico, controles de residuos, empaques y transporte. Compras y calidad pueden reunir preguntas comunes y presentar observaciones que identifiquen el numeral involucrado, la dificultad técnica y su soporte.

El proyecto prevé controles del ICA como Policía Sanitaria, con apoyo civil y militar, y actas digitales o impresas firmadas por los participantes, con copia en el lugar. Contempla sanciones conforme a los artículos 156 y 157 de la Ley 1955 de 2019 y posibles acciones civiles o penales.

También prevé notificación internacional para recibir comentarios. Según el ICA, el cuestionario de competencia no encontró incidencia sobre la libre competencia y por ello no remitió el proyecto a la Superintendencia de Industria y Comercio. La entrada en vigor propuesta sería desde su publicación en el Diario Oficial; la pérdida de vigencia a los cinco años dependería de que no culminara la consulta del diseño de su evaluación posterior. Mientras sigue en consulta, estas condiciones son una propuesta, no nuevas obligaciones vigentes.